martes, 9 de mayo de 2017

DESARROLLO INFANTIL Y EDUCACIÓN INICIAL


La promoción del desarrollo infantil, desde la educación inicial, remite a la necesidad de comprender los sentidos, imaginarios y prácticas sociales asociadas a los conceptos de infancia, desarrollo infantil y desarrollo humano, y a cómo se transforman éstos al introducir las perspectivas de derechos, diversidad e inclusión.


CONCEPTO DE INFANCIA: DEVELANDO SU EXISTENCIA
El concepto que una sociedad tenga de lo que son y representan un niño y una niña, incide en su existencia, actuación y participación en el mundo, en el tratamiento, los cuidados y la relación que los adultos establezcan con él y ella y en la apertura o no de espacios físicos y sociales para su bienestar y desarrollo.

Muchos autores se han interesado en la evolución del concepto de infancia a través de los siglos, permitiendo tener una visión de cómo los niños y niñas eran tratados antiguamente y cómo esto ha ido modificándose con el paso de los años. Así como la historia de la infancia ha ido cambiando, los conceptos que han existido respecto a los niños y a las niñas también se han ido transformando. El cómo se concibe al niño y la niña tiene relación con la opinión que en dicho momento haya tenido la sociedad en cada lugar, tiempo o circunstancia histórica, originando diferentes tendencias (De Mause, 1982).

En ese sentido, al revisar las concepciones de niño y niña a lo largo de la historia, se puede ver cómo en la antigüedad eran vistos con indiferencia y tratados como una posesión de los padres o adultos a cargo de él. Durante el Siglo XVIII, según Ariès (1987), se les consideraba como seres a los cuales había que reformar; en ésta época el interés de los padres estaba basado en la educación religiosa y respondiendo a la condición pecaminosa con la que supuestamente nacían porque traían el “pecado original”, consideraban su deber crearles conciencia de tal hecho (Pollock, 1990). Son estas las razones por las cuales el castigo corporal estaba generalizado en tiempos del Renacimiento y los pedagogos lo justificaban como forma de corregir.

Con la industrialización, a finales del siglo XVIII e inicios del Siglo XIX, al niño se le vio como un “adulto pequeño”, que tenía que cumplir con papeles de producción como cualquier otro miembro de su comunidad. Desde esta concepción, el juego y la fantasía eran vistos como actividades improductivas y carentes de sentido que debían ser eliminadas por medio de castigos y disciplina, con el fin de aprender a ser responsables y sobrevivir en el medio.

Solo hasta finales del siglo XIX se comienzan a generalizar movimientos a favor de la regulación del trabajo infantil y muchos años después, de su erradicación.

“Entre el Siglo XVII y XIX, movimientos religiosos y culturales como el protestantismo y la Ilustración, dieron lugar al descubrimiento de la infancia, al considerarla como una etapa distinta…y a sugerir un tratamiento educativo diferenciado” (Palacios, 1999). Esto unido al pensamiento de filósofos como Locke, Rousseau y posteriormente Kant, cuyas construcciones teóricas sobre la naturaleza humana y su desarrollo, se convierten en el punto de partida de las teorías del desarrollo desde esa época hasta la actualidad y permean la concepción de infancia y de educación infantil.

A finales del siglo XIX se comienza a hablar de menor, resaltando al niño como un sujeto con menos capacidades que el adulto. Así, los niños y las niñas fueron vistos como quienes no tenían desarrollada ni la inteligencia ni la voluntad para manejarse solos, destacando su carácter incompleto, heterónomo e imperfecto, razón por la cual, necesitaban depender del adulto para moldearlo y conducirlo. Otra de las implicaciones de esta concepción de menor, fue verlos como quienes no tenían aún las habilidades suficientes para sobrevivir en el medio, por su indefensión, su carácter ingenuo y por su falta de capacidad para defenderse, razón por la cual necesitaban de los mayores o del Estado para asumir el papel de protección frente a los peligros sociales y los atropellos del adulto. Estas concepciones derivaron en otra de carácter proteccionista, al considerar al niño y a la niña como seres completamente buenos, a los cuales se debía proteger de todo lo que atentara contra su bondad natural, concepción que algunos autores llamaron el niño de porcelana.

EL NIÑO Y LA NIÑA COMO SUJETOS DE DERECHOS
              

En el siglo XX las anteriores concepciones se fueron transformando a partir del surgimiento de la protección a los niños y niñas como problema de interés público. Esto se da con mayor fuerza y claridad a mediados de siglo, en 1959, cuando la ONU plantea el “Decálogo de los derechos del niño”, ya no como un esfuerzo aislado sino como un propósito de todas las naciones. A partir de esta formulación, cambia la concepción que se tenía de niño como menor, para asumirlo como un sujeto de derechos, por lo cual su rol como ciudadano pasa de beneficiario a sujeto social con posibilidad de participar e incidir sobre su presente y futuro. Esta concepción se ve reflejada en la Convención Internacional de los Derechos del Niño celebrada en 1989 y es incorporada a las leyes colombianas. 

La Convención de los Derechos de los Niños introduce el concepto de protección integral, que implica que la familia, la sociedad y el Estado asuman la responsabilidad de la protección de los niños, las niñas y los adolescentes, reconociendo sus Derechos y regulando su protección a través de políticas públicas para garantizar su ejercicio o para restituirlos. 

De esta manera le otorga el carácter de imperativo normativo, entendiéndolo como que los Estados deben asegurar a todo niño o niña (persona menor de 18 años) el ejercicio y garantía de sus derechos (los reconocidos a todas las personas), la seguridad de su protección especial en casos de vulneración (negación del ejercicio del derecho), el restablecimiento en casos de violación (afectación del derecho) y la provisión de políticas sociales básicas (políticas públicas) para mejorar las condiciones de vida de la niñez y la adolescencia mediante el aseguramiento del ejercicio de sus derechos.

Esta nueva concepción surge de la intervención de varias disciplinas como la psicología, la antropología, la sociología y la pedagogía, que le imprimieron un sello más social y humano, compartiendo con el derecho la posibilidad de legislar sobre realidades interdisciplinarias.

Esta norma Superior establece que los derechos de los niños y niñas priman sobre los derechos de los demás, buscando garantizar a los niños y niñas sin discriminación alguna todas las condiciones para un desarrollo armónico integral. De la misma forma, obliga a la familia, la sociedad, las instituciones y el Estado, a asistir y proteger al niño contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos; y a garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos.






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